Plan de Asistencia Dental Infantil de Extremadura

¿Qué es PADIEX?

PADIEX es el Plan de Atención Dental gratuita para niños residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura desde el 1 de enero del año en que cumplan 6 años de edad, hasta el año en el que cumplan 15 años.

Se implantó en el año 2005 (Decreto 195/2004, DOE nº2, de 8 de enero de 2005). Su finalidad es lograr una buena salud bucodental para los niños aplicando medidas preventivas y los tratamientos necesarios.

Está dirigido a todos los niños residentes en Extremadura que tengan derecho a la asistencia sanitaria con cargo al Servicio Extremeño de Salud.

Plan De Asistencia Dental Infantil De Extremadura

¿Qué asistencia incluye?

Estarán incluidos los niños desde el 1 de enero del año que cumplen 6 años hasta el 31 de diciembre del año en el que cumplan 15:

  • Revisiones, al menos una al año.
  • Recomendaciones higiénico-dietéticas para prevenir las enfermedades orales.
  • Educación para la salud bucodental para enseñar técnicas de cepillado y limpieza.
  • Tratamiento preventivo como fluoración.
  • Tratamiento preventivo de colocación de selladores en fisuras de primeros y segundos molares permanentes.
  • Obturación (empaste) de molares permanentes en caso de lesiones irreversibles.
  • Tartrectomías(limpieza) en dentición permanente.
  • Tratamientos de las caries.
  • Extracción de piezas temporales, permanentes (en este último, cuando no esté indicado realizar tratamiento pulpar) y supernumerarios erupcionados.
  • Urgencias dentales:
    • Si afecta a piezas dentales permanentes, se realizará todo lo posible para preservar la pieza.
    • Si afecta a piezas dentales temporales, «se prestará un tratamiento exclusivamente paliativo a base de terapia farmacológica o la extracción de la pieza afectada».
  • Reevaluación y seguimiento, a criterio del dentista, de caries, enfermedad periodontal, maloclusión, así como de pacientes médicamente comprometidos o de especial riesgo.
  • Asistencia dental completa en niños con anomalías congénitas craneofaciales y de la cavidad oral con alteraciones dentales.
  • Tratamiento de ortodoncia en maloclusión severa tras ser intervenido de:
    • Fisura palatina.
    • Labio leporino.
    • Otra malformación craneofacial congénita.
  • Trastornos del grupo inciso-canino:
    • Ferulización del grupo anterior.
    • Reconstrucción.
    • Gran reconstrucción.
    • Perno prefabricado intrarradicular.
    • Reimplante dentario.
    • Sutura de tejidos blandos.
  • Tratamiento pulpar de piezas permanentes, que incluye:
    • Apicoformación.( tratamiento dental en diente no formado con destrucción de pulpa)
    • Recubrimiento pulpar directo.
    • Endodoncia.

¿Qué no incluye?

  • Tratamientos reparadores de la dentición temporal.
  • Atención dental ortodóntica salvo en los casos de maloclusión severa tras ser intervenido de; fisura palatina, labio leporino u otra malformación craneofacial congénita.
  • Tratamientos del grupo inciso-canino por agenesia de todas o alguna de sus piezas.
  • Traumatismos del grupo inciso-canino cuando haya terceros obligados al pago.
  • Prótesis de cualquier tipo.